Se presenta la nueva modificación del Código Penal

Se acaba de anunciar a la prensa la modificación del Código Penal, esta modificación corresponde a la vez número 21 que se modifica esta norma desde su primera publicación en 1995. Pese a todo no creo que sea la última, todo ello mientras continua vigente la Ley de Enjuiciamiento Criminal que hace falta cambiar ya y acondicionar al siglo XXI porque desde que fue publicada inicialmente el 14 de septiembre de 1882 se ha modificado tantas veces que he perdido la cuenta.

El ministro de Justicia informando de la modificación del Código Penal
El ministro de Justicia informando de la modificación del Código Penal

Veo en prensa un resumen de los puntos principales que se van a modificar y la verdad me temo que, como otras muchas cosas, por un lado las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad tendrán mas trabajo y por otra también veo que muchas de esas cosas no se podrán hacer por falta de presupuesto. Esta nueva carga de trabajo se va a poner sobre los hombros de personal funcionario, perteneciente sobre todo a los Ministerios de Justicia e Interior, ya desmoralizados de por si después de un recorte brutal en sus prestaciones económicas.

Sin embargo, este post no intenta llamar la atención sobre las condiciones laborales de los funcionarios, sino sobre aquellas cuestiones que pueden afectar a todos los ciudadanos y por ende a, quienes tienen la obligación legal de hacer cumplir las leyes.

En primer lugar se instaura la nueva figura de «custodia de seguridad» consistente en una pena accesoria a la propia condena, que alargara la misma, aumentando el periodo de reclusión cuando se mantenga la peligrosidad del penado y que se aplicara a delitos contra la vida, la integridad física, la libertad, la libertad o indemnidad sexual, los cometidos con violencia o intimidación, contra la comunidad internacional, terrorismo o tráfico de drogas, o sea, sobre la práctica totalidad de los delitos actuales realizados contra las personas y que en la actualidad pueden llevar al autor a la cárcel.

Sobre la detención ilegal se agrava el artículo 166 del Código actual, poniendo una pena equivalente al delito de homicidio cuando no se dé cuenta del paradero de la victima, en un guiño a aquellos sectores de la sociedad más críticos con la actuación de la Justicia en relación a los casos Breton y Marta del Castillo.

La libertad condicional pasa a ser regulada como una suspensión de la pena, de tal modo que si, una vez en libertad, el penado vuelve a delinquir, podrá ser devuelto a la cárcel para que siga cumpliendo condena desde el momento en que quedó en suspenso.

A fin de reducir el número de asuntos menos graves, se eliminan las faltas, solo se mantendrán aquellas que merezcan reproche penal, pasando a denominarse estas «delitos menos graves».

Hasta ahora no se detenía por faltas, salvo que el autor no diese confianza bastante pero, en la práctica, solo se imputaba la acción de las mismas, programándose por parte de las propias Fuerzas y Cuerpos de Seguridad el denominado «Juicio inmediato por faltas». Ahora al pasar a ser «delitos leves», los hechos que antes suponían este trato pasan a ser tratados de forma diferente, deteniendo a los autores de los mismos. Estos hechos son los que con mayor frecuencia se dan, el número de detenidos puede ascender entre un 250 y un 300%. Este número sale de la proporción de faltas con respecto a los delitos que, hasta ahora, se cometen en España.

El delito de asesinato, se amplia en un caso más, cuando se cometa para facilitar la comisión de otro delito o para evitar ser descubierto. Esto sin duda reducirá o al menos eso espera el legislador, los delitos cometidos con violencia extrema al objeto de robar, ya que hasta ahora existía la percepción en la sociedad que la diferencia entre sustracción y sustracción más violencia era tan mínima que salía a cuenta dar una paliza a la victima para que esta dijese donde escondía los objetos de valor.

Se suprime la falta de hurto (aquella sustracción realizada sin fuerza ni violencia) y se sustituye por lo que se va a denominar «delito leve de hurto». No se sabe la pena pero se tendrá en cuenta la capacidad económica de la victima, este caso que cada vez se da más en estos tiempos de crisis, es digno casi de estudio aparte ya que aquí se engloban los denominados «robos y hurtos de subsistencia» en los que lo sustraído es a veces la barra de pan y el litro de leche.

Por primera vez se prevé la multireincidencia como un tipo propio de delito , agravando el robo en los casos de robo de cable eléctrico y de cableado de telecomunicaciones y aumentando las penas para aquellos autores dedicados profesionalmente al delito.

Sobre los tipos existentes de atentado, resistencia y desobediencia desaparece la falta de desobediencia, y se incluye el personal de rescate como sujetos pasivos de estos delitos.

En los incendios forestales se agravan las penas pudiendo ser castigados los autores hasta con nueve años de prisión.

Se incluyen también varios delitos que se encontraban penados en la Legislación europea pero que todavía no estaban regulados en España como la negación del genocidio, siempre que incite al odio contra las minorías; la lucha contra los abusos y explotación sexual de los menores y pornografía infantil, en la que se delimita la pornografía infantil punible, incluyendo montajes fotográficos con menores, y la lucha contra la trata de seres humanos.

Atendiendo a las recomendaciones del Comité de Seguimiento de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada por Naciones Unidas en diciembre de 2006 y ratificada por España en abril de 2008, se reconduce a la vía civil el tratamiento de la esterilización de las personas discapacitadas.

Habrá que ver como se desarrolla exactamente este nuevo proyecto de modificación del Código Penal del que hay cosas que se estaban echando en falta en su confección actual pero creo sinceramente, no va a reducir significativamente la delincuencia en España, más bien es un medio de hacerse la foto diciendo que se esta luchando contra los casos mas llamativos que últimamente han salido en prensa y, que sin duda va a cargar aun más, de trabajo los ya de por si cargados Juzgados y Fuerzas de seguridad españolas.

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