VI Seminario Nacional de Criminología y Ciencias Forenses

VI Seminario de Criminología y Ciencias Forenses

Este año debido a la situación por el SARS-COV19, el VI Seminario Nacional de Criminología que habitualmente se desarrolla de forma presencial en Valladolid se realizará de forma on-line y GRATUITO.

Para poder visualizarlo solo debes entrar en el canal de YouTube de la Sociedad Española de Criminología y Ciencias Forenses, a la hora indicada se empezara a visualizar el video directo:

https://www.youtube.com/channel/UCpcybt1fjrlBS5szliKclgg  

 

LUNES 09/11/20: EL DELITO

18:30 : Análisis, detección y prevención en la captación del terrorismo del Daesh en jóvenes y menores desde la Criminología. David Garriga Guitart. (Criminólogo, Presidente de CISEG). 

19:30: Cibercriminalidad y evidencia digital”. Daniel Gonzálvez Mas. (Abogado, detective. Profesor de la VIU).

MARTES 10/11/20: EL DELINCUENTE

16:30: La lingüística forense, una ciencia por conocer”. Sheila Queralt Estévez. (Fundadora y directora del Laboratorio SQ-Lingüistas Forenses). 

17:30: El delincuente, un concepto en permanente cambio”. Manuel Javier Peña Echeverría. (Criminólogo. Comisario del CNP). 

18:30: Perfilación criminal: ¿técnica o ciencia? Francisco Pérez Fernández. (Psicólogo. Profesor de Criminología UCJC). 

19:30: Tráfico de medicinas y delito farmacéutico”. Dafne Cepeda y Alejandro García. (CriminologyFair).

MIÉRCOLES 11/11/20: LA VÍCTIMA

16:30: El género como factor de riesgo en Criminología”. Agustina Vinagre González. (Psicóloga. Profesora UNIR). 

17:30: Menores, las víctimas invisibles de la violencia de género”. Ruth Lara Hurtado. (Criminóloga. Miembro de la Guardia Civil). 

18:30: Suicidio: una asignatura pendiente en la investigación”. Aitor M. Curiel López de Arcaute. (Médico especialista en Medicina Legal y Forense. Criminólogo).

19:30: Maltrato en personas mayores y dependientes: nuevos retos de la era COVID”. Jaime Gutiérrez Rodríguez. (Presidente del Colegio de Psicólogos de Castilla y León).

JUEVES 12/11/20: EL CONTROL SOCIAL

16:30: Criminología y seguridad vial: una relación que salva vidas”. Javier Heredia Menchero. (Criminólogo. Miembro de la Policía Local).

17:30: Criminología, seguridad e inteligencia. Innovación y oportunidad”. David García Marín. (Sec2crime).

18:30: Los homenajes a etarras excarcelados como paradigma de la supervivencia del discurso de ETA”. Alfredo Crespo Alcázar. Ldo. CC Políticas y Periodismo. Vicepresidente de ADESyD.

19:30 : Prevención criminal mediante el diseño ambiental”. Carlota Barrios Vallejo. (Criminóloga).

Condenada por una denuncia falsa de agresion

Condenada por una denuncia falsa de agresion

He leido en la pagina web del Diario de Burgos, de fecha 30 de diciembre de 2011, que una mujer ha sido condenada a pagar 2160 Euros a su exnovio por realizar una Denuncia Falsa.

No he logrado la Sentencia ya que según dice la propia noticia, esta se produjo de conformidad entre las partes ante el Juzgado de lo Penal 2 de Burgos.

La mujer que llego a admitir ante el Juzgado de Instrucción número 4 que habia acusado falsamente a su marido cuando quien le habia golpeado era su actual compañero sentimental y, después de que él primero demostrase que no se encontraba en Burgos, pues en esa fecha se encontraba en la provincia de Alicante.

Dicha Sentencia deja a la vita dos cuestiones que psicólogos y personas especializadas llevan tiempo manifestando, la primera es que la palabra de la victima basta solo para la detención del supuesto autor, sin esperar a que exista ningún otra prueba de cargo.

La segunda es que la victima, en un porcentaje significativo de casos, no se tienen datos estadisticos ya que no se ha publicado ningún estudio hasta la fecha, repite los mismos hechos con varios agresores, no quiero decir con esto que la victima busque  seguir siendo victima, sino que en esos casos, la victima busca un tipo de hombre muy definido y, que al final acaba maltratandola. Para este tipo de mujeres el maltratador, que suele al principio ser un dechado de atenciones para con la mujer acaba por enredarla hasta dejandola sin defensas ante su agresor. Esto queda muy bien explicado por el profesor  Vicente GarridoW en su libro «œAmores que matan».

Sentencia 124/2011 Audiencia Provincial de Murcia

Sentencia Audiencia Provincial de murcia «llamar zorra a la ex-mujer, no es un insulto»

Descargar Sentencia Audiencia Provincial de Murcia
Descargar Sentencia Audiencia Provincial de Murcia

La Audiencia Provincial de Murcia ha revocado una condena por amenazas a un hombre que, entre otros insultos, llamó «zorra» a su mujer y le aseguró al hijo de ambos que «la veria en una caja de pino». El acusado, que habia sido condenado a un año de carcel, sólo tendra que cumplir una pena de ocho dias de localización permanente por una falta de amenazas leves. Durante el juicio, cuya sentencia ha sido ahora revocada, admitió haber insultado a su mujer pero su defensa argumentó que utilizó la palabra zorra para «describir la actitud de un animal que debe actuar con especial precaución.» El acusado tenia antecedentes cuando fue juzgado por estos hechos, al haber sido condenado anteriormente por un delito de malos tratos en el ambito familiar.

Las razones del juez Juan del Olmo, ponente de la sentencia, son que la palabra zorra no siempre proyecta «desprecio o menosprecio a la dignidad de la mujer» porque tiene otras acepciones -como por ejemplo la de «persona astuta»- y que dicha palabra no es «expresiva de una posición de dominio o una exigencia de sumisión».

De fondo, un debate abierto en la judicatura de toda España tras varias sentencias del Supremo que ha tenido reflejo en la jurisprudencia sentada por la Audiencia de Murcia. En noviembre de 2009 el Alto Tribunal emitia una sentencia en la que decia que «no toda acción de violencia fisica en el seno de la pareja del que resulte lesión leve para la mujer, debe considerarse necesaria y automaticamente como la violencia de género». Tras ella, la Sección tercera de esta sala ha emitido varias sentencias similares absolviendo a presuntos maltratadores, en las que se asegura que «para que se aplique la ley de violencia de género tiene que haber un componente machista; en el resto de casos tiene que aplicarse el código penal.»

En varias de ellas el ponente era el magistrado Del Olmo que, siguiendo estos criterios, ha anulado ahora la condena de un año de carcel que un juzgado de Cartagena habia impuesto al acusado por un delito de amenazas, a pesar de considerar probado que el acusado, en una conversación telefónica con un hijo de la pareja, llamó «zorra» a su mujer y confesó que «algún dia» la veria «en el cementerio, en una caja de pino».

La pena del hombre ha sido revocada porque, según la sentencia, «llamar zorra a la esposa no constituye menosprecio o insulto si quien utiliza este término lo hace para describir a un animal que debe actuar con especial precaución». Según la sala, esta palabra, utilizada en una conversación entre adultos, puede no considerarse ofensiva «si se hace para destacar la astucia de la persona.» La Audiencia hace suyas asi las tesis de la defensa del acusado, que argumentan que la palabra «no se utilizó por el acusado en términos de menosprecio o insulto, sino como descripción de un animal que debe actuar con especial precaución, a fin de detectar riesgos contra el mismo».

El diccionario de la RAE contempla varios significados para la palabra «zorra». El primero hace alusión a la hembra del zorro; el segundo, a un «carro bajo y fuerte para transportar pesos grandes» ; el cuarto es «prostituta». La quinta acepción que aparece en el diccionario es coloquial y reza asi: «Persona astuta y solapada.»

La sentencia usa este último significado en su razonamiento final y añade que el acusado no emitió ninguna «palabra o expresión que proyectase desprecio o menosprecio a la dignidad de la mujer o que fuera expresiva de una posición de dominio o exigente de sumisión». Tras este razonamiento, «no aprecia en los hechos probados que en el comportamiento del denunciado hubiera una situación de dominación sobre su mujer.»