Cada vez son mas las Sentencias en este sentido, en este caso la Audiencia condena a una madre por incumplir las visitas paternas

La Audiencia de Valladolid ha condenado en dos sentencias, una de la Sección II y otra de la IV, a una mujer de Valladolid, madre de una menor, por incumplir la sentencia del Juzgado de Familia número tres que le obliga a entregar los fines de semana a su hija al padre. Las sentencias consideran que la mujer ha incumplido las obligaciones familiares establecidas en el articulo 618 del Código Penal, por lo que la impone el pago de dos multas de 360 euros cada una y las costas judiciales.
Los hechos enjuiciados por la Audiencia suponen la confirmación de dos sentencias anteriores dictada por la magistrada de Instrucción número seis de Valladolid, que consideró a la mujer autora de dos faltas cometidas en junio y septiembre de 2010. En ambos meses, el progenitor acudió al punto de encuentro de la asociación Aprome, en la calle Dos de Mayo, para recoger a su hija menor de edad, fruto del matrimonio con la mujer condenada.
La sentencia del año 2009 del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Valladolid contemplaba que la niña de siete años debia de pasar con su padre desde las 19:00 horas del viernes hasta las 18:30 horas del domingo. Sin embargo, el progenitor no pudo llevar a cabo la visita paterno filial al no haberla llevado la madre hasta el punto de encuentro, sin que esta ofreciera ninguna explicación tampoco a los responsables del centro que supervisa estas entregas de menores. Solo en uno de los recursos que se interpuso, la abogada de la mujer señaló que el incumplimiento de la menor se debia a que «la niña no quiere ir con su padre».
Para justificar la doble condena de la mujer, los magistrados sostienen que «los hechos se vienen repitiendo de forma habitual», lo que perjudica no solo las visitas, sino la relación con su padre. «Es la progenitora la que debe de facilitar el acercamiento de su hija con el otro progenitor», sentencian los jueces.