I Congreso Nacional de Violencia de género y doméstica

El próximo mes de mayo se celebrará el I Congreso Nacional de Violencia de género y doméstica, organizado por la Universidad de Castilla-La Mancha, el Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) y SF Formación.

Es ‘online’. Tendrá lugar del 25 al 27, por la tarde.

Este Congreso contará con ponentes del máximo nivel que abordarán las temáticas «más presentes y complejas en los tribunales, que son las que están generando los principales puntos de conflicto».

Entre los ponentes figuran los magistrados de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) Julián Sánchez Melgar, exfiscal general del Estado y Antonio del Moral García, José Antonio Seijas Quintana, magistrado de la Sala de lo Civil del Supremo jubilado, así como otros magistrados, fiscales, catedráticos y profesores universitarios, abogados, miembros de unidades centrales de la Policía Judicial, psicólogos, etc.

Todo este plantel le dará un enfoque muy práctico y a la vez multidisciplinar.

Sus organizadores señalan que «es indudable la trascendencia cuantitativa de los procedimientos de violencia de género y doméstica en nuestro país, con incidencia notoria en la jurisdicción de familia».

Explican que «la enorme carga emocional que hay tras estos delitos, lo reservado de su comisión, la existencia de una notoria saturación de los juzgados y los no pocos problemas procesales que están surgiendo con algunas figuras delictivas de nuevo cuño», les hacieron considerar la necesidad de formalizar un congreso con ponentes de diversos sectores que nos puedan ayudar a comprender todas las aristas de esta problemática.

Este congreso va a explorar vías jurídicas, «intentando huir, en todo caso, de cuestiones ideológicas».

Se abordarán el análisis de la violencia de género y doméstica desde la perspectiva penal y procesal, el denominado maltrato de control, las neurociencias y su afectación a esta materia, los problemas de la prueba tecnológica, la vulnerabilidad a través de las redes sociales, delitos sexuales, los problemas prácticos en el tribunal del jurado, aspectos de criminología, perfilación criminal y psicología.

También se analizarán los aspectos civiles de la violencia de género y doméstica, y la perspectiva policial en la investigación de estas infracciones.

El fiscal Juan Antonio Frago Amada es el director académico del Congreso. Frago es fiscal de delitos económicos de la Fiscalía Provincial de La Coruña, y presidente de la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF), además de editor del blog ‘En ocasiones veo reos’.

Juan Antonio Frago Amada, fiscal de delitos económicos de la Fiscalía Provincial de La Coruña, y presidente de la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF).

Desde 2010 ejerce en la Fiscalía de La Coruña. Primero estuvo en el grupo de delitos urbanísticos y medioambientales, y desde 2014 está en el de delitos económicos.

Ha intervenido, con sentencias condenatorias en todo tipo de delitos de corrupción y económicos, siendo su especialidad la descapitalización empresarial y el derecho penal de la persona jurídica.

El Congreso está coordinado por la letrada Verónica Suárez García, directora de SF Corporación (SF Formación, SF Compliance y SF Litigación).

Verónica Suárez cuenta con 17 años de trayectoria profesional, y es experta en materia de igualdad.

La abogada Verónica Suárez, directora de SF Corporación.

EL PROGRAMA

25 de mayo

El Congreso comenzará a las 16:30 con una presentación, y el bloque de Jurisprudencia, que moderará el letrado Rubén Martín de Pablos, presidente de la Sección de Abogados Penalistas del ICAM y director General de la Editorial Sepín.

En este bloque se abordará la principal jurisprudencia del Tribunal Supremo en materia de violencia de género y doméstica (Derecho sustantivo), de la mano del magistrado de la Sala de lo Penal Antonio del Moral García.

El segundo bloque tratará sobre la violencia psicológica: acoso, amenazas, coacciones y vejaciones.

El juez José Manuel Estébanez Izquierdo, adscrito al Tribunal Superior de Justicia de Asturias, analizará la jurisprudencia menor más relevante, y la profesora titular de Derecho Penal de la Universidad de Valencia Paz Lloria García, la violencia de control y por ponderes. En especial, delitos cometidos entre menores.

Posteriormente, se abordará el sistema límbico y delincuencia violenta: un diálogo necesario entre Neurociencias y Derecho penal, con el catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Castilla la Mancha Eduardo Demetrio Crespo. 

Miércoles 26 de mayo

El 26 de mayo, en el tercer bloque, se analizará el Derecho penal de familia y delincuencia tecnológica; habrá una ponencia sobre los especiales problemas de las redes sociales en la delincuencia familiar, del jefe de seguridad y estrategia en Smart Human Capital, Ángel Pablo Avilés de la Rosa, guardia civil del Grupo de delitos telemáticos de la UCO en excedencia; y otra sobre la prueba del delito ante la delincuencia tecnológica.

El siguiente bloque se tratarán los aspectos procesales del Derecho penal de familia en una mesa redonda que moderará Verónica Suárez García, abogada y directora SF Corporación.

A continuación, se analizarán aspectos prácticos a conocer en los procedimientos del jurado popular, con el fiscal de Violencia de Género de la FIscalía Provincial de Madrid Miguel Méndez Hernández. 

De 17.00 a 17.30 tendrá lugar la ponencia ‘Los delitos de agresión sexual: últimos pronunciamientos’, del magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo y exfiscal general del Estado Julián Sánchez Melgar.

Posteriormente, habrá otra sobre problemática en las declaraciones de testigos, de la fiscal de Violencia de Género de la Fiscalía Provincial de Madrid Victoria Bonilla García.

De 18.30-20.00 se celebrará una mesa redonda sobre los problemas habituales de un Juzgado de Violencia sobre la Mujer, en la que participarán el magistrado titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 4 de Madrid Pedro Arduán Martínez, la fiscal de Violencia de Género de la Fiscalía Provincial de Madrid Sylvia López Ubieto, y la letrada Julia María Clavero Navarro, socia de ABA Abogadas y cecretaria de la Sección de Dereho de Familia del ICAM.

Jueves 27 de mayo

El 27 de abril habrá un bloque sobre criminología y perfilación criminal, que moderará el agente José Carlos Vilorio de la Fuente, cabo 1º de la Guardia Civil (R) y secretario técnico de la Sociedad Española de Criminología y Ciencias Forenses.

En él se celebrará una ponencia titulada ‘¿Qué puede aportar la Criminología en la lucha contra la violencia de género y familiar?’, del profesor de Psicología Jurídica y de Psicología Criminal de la Universidad del País Vasco César San Juan Guillén. 

Después se analizará el perfil del agresor, con comandante de la Guardia Civil jefe de la Sección de Análisis del Comportamiento Delictivo de la Guardia Civil y doctor en Psicología Andrés Sotoca Plaza.

En el último bloque del Congreso habrá una conferencia sobre aspectos policiales y civiles del Derecho penal de familia, moderada por la abogada Diana Carrillo Martín, integrante de la sección de Derecho de Familia del ICAM.

De 18:30-19:00 tendrá lugar la ponencia ‘La primera asistencia policial y la evaluación continua’, del inspector de la Policía Nacional a cargo del Grupo de Investigación de la UFAM de Málaga, Álvaro Botias Benedit.

El simposio concluirá con una mesa redonda sobre los aspectos civiles, en la que intervendrán el magistrado jubilado José Antonio Seijas Quintana, la presidenta de la Sección de Derecho de Familia del ICAM Ana Clara Belío Pascual, y la letrada Inmaculada Sanchís Oltra, socia directora del bufete Carbonell Abogados, de Valencia.

Podéis inscribiros en el siguiente enlace

I CONGRESO DE DERECHO PENAL ECONÓMICO: PRESENTE Y FUTURO A REVISIÓN

SF Formación y la Universidad de Castilla-La Mancha han organizado otros 4 congresos online.

El próximo martes comienza el  I Congreso de Derecho penal económico: presente y futuro a revisión, que se celebrará hasta el 22 de abril, en horario de 16.00 a 20.00 o 21.00.

En él se abordarán los delitos contra la Hacienda Pública, Seguridad Social, fraude de subvenciones y el contrabando, las problemáticas actuales de la auditoría, contabilidad, fraude interno e investigaciones internas, el cibercrimen relacionado con el derecho penal económico, y las criptomonedas.

También se hará un análisis del proceso de Bankia, de los delitos societarios e insolvencias punibles, la administración de hecho y de derecho, el blanqueo de capitales, la doctrina Falciani, y se abordarán cuestiones del derecho de la persona jurídica y de la corrupción en el ámbito del deporte.

Entre los ponentes figuran los magistrados del Tribunal Supremo Julián Sánchez Melgar, Antonio del Moral García y Miguel Colmenero Menéndez de Luarca.

También el magistrado de la Audiencia Nacional Eloy Velasco Núñez, las fiscales de la Fiscalía Anticorrupción María Teresa Gálvez e Irene Rodríguez Acuña, y el fiscal del Tribunal Supremo Salvador Viada Bardají, así como otros magistrados, fiscales, catedráticos, profesores universitarios, abogados, auditores y miembros de unidades centrales de la Policía Judicial.

Los otros tres congresos tratarán sobre fraude interno, cibercrimen y accidentes laborales.

En todos ellos destaca el alto nivel de los ponentes y la transversalidad de las materias, ni exclusivamente teóricas ni solo prácticas.

XXIX Sesión del Seminario Internacional Permanente de Derecho Penal y Criminología

El próximo 17 de diciembre de 2020, se va a realizar la sesión telemática vía “Zoom”, El Seminario Internacional Permanente es un instrumento del Departamento de Derecho Penal y Criminología de la UNED bajo el título “TEORÍA Y PRÁCTICA DE LA PENA EN LA ERA DE LA POSVERDAD” para la transferencia de conocimientos a la sociedad. 

A través de reuniones periódicas abiertas a la comunidad universitaria, a los profesionales del ámbito jurídico y a la sociedad en general, el Departamento de Derecho Penal difunde los resultados alcanzados en sus actividades de investigación y docencia, así como las contribuciones de juristas y criminólogos, tanto nacionales como extranjeros, a la Ciencia del Derecho penal y a la Criminología. 

Los ponente de este Seminario son D. José Núñez Fernández. Profesor Titular de Derecho Penal, Dª. Ascensión García Ruiz. Profa. Ayudante Doctora de Derecho Penal y Criminología, D. Marco Teijón Alcalá. Prof. Ayudante Doctor de Derecho Penal y Criminología y Dª. Carmen Moya Jiménez, todos ellos de la UNED.

Inscripciones antes del día 15 de diciembre a las 13:00 horas a través del siguiente enlace:

https://goo.gl/2VY3dM

Taharrush jama´i: Agresiones sexuales en grupo por motivos ideológicos

Lara Logan durante su entrevista sobre su agresión que ofreció en el canal de TV CBS

El 11 de febrero de 2011, Lara Logan, una de las principales corresponsales de la cadena estadounidense CBS, fue atacada y violada en la plaza Tarhir, el mismo día de la caída de Hosni Mubarak. El equipo de televisión de la cadena fue rodeado por una multitud de personas que estaban celebrando el anuncio de que Mubarak abandonaba el poder. Más tarde, durante una entrevista, declaró que el grupo que le había atacado estaba formado entre doscientos y trescientos hombres y que el ataque duró unos veinticinco minutos.

La multitud separó a la periodista de su equipo. La rodearon, arrancaron sus ropas, dándole una brutal paliza y agrediéndola sexualmente hasta que fue liberada por una sección de unos 20 soldados egipcios, afirmó en un comunicado la cadena de televisión CBS.

El 22 de noviembre de ese mismo año, la ciudad de El Cairo era un hervidero de protestas contra el Gobierno de Egipto, para seguir las protestas, muchos medios occidentales instalaron unidades móviles en los alrededores de la plaza Tarhir de esa ciudad. Entre todos ellos la cadena francesa France 3 envió a Caroline Sinz, una reportera que tiene en su poder varios premios. La citada reportera denunció que tanto ella como su cámara, Salah Agrabi, fueron agredidos por varias personas siguiendo un modus operandi muy preciso.

Caroline Sinz

En un primer momento, les separaron del resto de la multitud, reteniendo al cámara, con gran violencia y golpeándolo para evitar que pudiese ayudar a la periodista. Mientras, en un primer momento un grupo de jóvenes de 14 o 15 años empezaron a tocarla de forma sexual, para después ser arrastrada por una turba de hombres de muy diferentes edades hacía el interior de la plaza donde le dieron una paliza, le arrancaron su ropa haciéndola jirones e introdujeron sus manos, palos y otros objetos que portaban, violando a la periodista.

La forma de actuar estaba perfectamente planificada en ambos casos, en lo que parece ser tres grupos. Mientras el primero de estos grupos violaban a la mujer, un segundo grupo se dedicaban a mirar lo que sucede a modo de espectadores y un tercer grupo, el más exterior, distrae a la gente que pasa por los alrededores, conminándoles a continuar su camino o amenazar a quienes se intentan acercar a fin de que se alejen del lugar.

El mismo día la periodista egipcio-americana, Mona al Tahawy denunció en su cuenta de Twitter que tras haber sido detenida por un grupo de policías en la misma plaza Tarhir, antes de haber sido puesta en libertad había sido sometida a pellizcos en los pechos y en el sexo, llegando a decir textualmente que “no podía contar el numero de manos que intentaba entrar en mi pantalón”.

Estos casos fueron los primeros de una forma delincuencial que, si es cierto que se había producido de forma muy esporádica y nunca con tanta violencia, había pasado desapercibida para la sociedad occidental.

La forma de actuar es tan violenta que en 10 segundos la víctima se ve arrastrada por una jauría humana que no deja de manosearla y agredirla mientras le arrancan la ropa, un ejemplo visual de cómo se realiza este tipo de agresiones se puede ver en varios videos que existen en YouTube, bajo el titulo “taharrush”,  uno muy descriptivo tomado por una cámara de seguridad en Alemania es el siguiente:

A esta forma de actuar se le denomina Taharrush jamá’i cuya traducción libre sería aproximadamente “acoso en publico”. La primera vez que se utilizó este termino fue tras una serie de ataques a mujeres en la ciudad de Sidney sucedidos entre 1998 y 2002 que conmocionaron a Australia, estos ataques de tipo sexual eran protagonizados por bandas de jóvenes de religión musulmana según las declaraciones de las victimas, a la vez que eran atacadas se les insultaba llamándolas putas y zorras australianas. Alguno de los autores de estas agresiones a preguntas del fiscal del caso respondió que a esas mujeres no tenían derecho a decir que no y que se les podía violar ya que no eran musulmanas y no utilizaban hiyab, el velo islámico.

La actuación más numerosa de este tipo denominada Taharrush jamá’i, que provocó gran alarma social y dio publicidad a este tipo de modus operandi ocurrió durante la nochevieja de 2015 en varias ciudades de Alemania. Durante esa noche, actuando según la forma de actuar descrito anteriormente, varios miles de mujeres fueron agredidas por una turba de musulmanes repartidos en autenticas células que atacaban a las mujeres utilizando tácticas de guerrilla o comando, atacando y disolviéndose para reunirse posteriormente y volver a atacar a otra víctima.

De los aproximadamente dos mil hombres que participaron en las agresiones, la policía alemana solo pudo identificar a unos ciento veinte.

Según la memoria realizada por la Bundeskriminalamt alemana en la Estadística policial de delitos elaborada por este organismo del gobierno alemán, durante el año 2017, se denunciaron 6.258 agresiones sexuales en total (agresiones sexuales + abusos sexuales) de los cuales 467 se produjeron de forma grupal. 

Dicho documento estadístico no hace diferenciación cuando los autores de este tipo de agresiones son grupales o no, expresando solo la totalidad de autores de los delitos sexuales, mencionando que la totalidad de los extranjeros detenidos por delitos sexual ascienden a 3.483, el 55,65% de la totalidad de este tipo de delitos, y menciona expresamente a los inmigrantes pertenecientes a los diez de los países expresados en la figura 1, los cuales son autores de 1.468, el 23,45% de la totalidad de todos los delitos de índole sexual, cundo solo constituyen el 1% de la población de Alemania. La totalidad de los delitos sexuales cometidos en Alemania ascienden a 6258.

Sin embargo, ha sido imposible localizar ningún tipo de estadística de agresiones grupales sucedidas en Alemania. El director de la Asociación de la Policía Criminal (Bund Deutscher Kriminalbeamter, BDK), André Schulz, calcula que hasta un 90% de los delitos sexuales cometidos en Alemania no aparece en las estadísticas oficiales.

No ha sido la única personalidad que ha alertado de que estas agresiones sexuales constituyen más peligro del que hasta ahora ha supuesto ya que los Gobiernos por lo general, han minusvalorado la intensidad de las mismas.

Patrick Calvar, exjefe de la Dirección General de Seguridad Interior de Francia declaró ante una Comisión Parlamentaria francesa: “Estamos al borde de una guerra civil que puede ser provocada por el asalto sexual masivo de las mujeres por parte de migrantes”.

En el mes de febrero de 2015, La ciudad sueca de Malmö fue declarada por algunos medios como la capital de las violaciones, desde entonces las violaciones se han multiplicado por quince en ese país nórdico, llegando a considerarse el segundo país mas peligroso del mundo. El gobierno sueco ha justificado este ascenso de las agresiones sexuales al cambiar la normativa, ya que la misma establece que, a la hora de enjuiciar si hubo consentimiento, se tendrá en cuenta si “se expresó con palabras, hechos o de otro modo”. Todo lo demás no es consentido.

Sin embargo y con respecto a Suecia, también han aumentado considerablemente las violaciones en grupo cometidas por jóvenes inmigrantes de religión islámica, entre 2009 y 2017 se contabilizaron en el país nórdico un total de 144 autores juzgados y condenados por participar en violaciones en grupales.

Hay que tener en cuenta no solo los números absolutos, sino que hay que tener en cuenta los porcentajes poblacionales que representan. Por ejemplo, los inmigrantes procedentes de Afganistán constituyen un 0,34% de la población de Suecia pero participan en el 18,75% de las violaciones grupales cometidas en ese país. Aproximadamente el mismo porcentaje en el que participan los naturales del país pese a ser el 90,99% de la población.

Resulta reseñable que el 8,93% de los residentes de Suecia, cometan el 47,84% de las agresiones sexuales en grupo cometidas en aquel país.

Otro dato que podemos extraer del cuadro anterior es que los trece países de población musulmana que figuran colocados en primer lugar constituyen 67 de los 144 casos de violación en grupo. No se han tenido en cuenta los 23 agresores identificados y condenados que pese a tener un nombre indudablemente musulmán, ya que se desconoce el origen de estos. Caso de contar con estos casos el número ascendería a 90 de las 144 condenas contabilizadas.

Con respecto a los hechos de este tipo sucedidos en Suecia el Ministerio de Asuntos Exteriores de España facilita un total de 10.569 los cuales no han participado en ningún acto de violencia sexual en grupo en aquel país.

En el caso de España, este tipo de delitos ha tardado en llegar, en 2016 los medios de comunicación se hicieron eco de una agresión sexual grupal sucedida durante las fiestas de San Fermín, una agresión realizada por españoles y que posiblemente constituía una reiteración delictiva cometida por los mismos autores, de otro hecho similar sucedido en la localidad de Pozoblanco poco tiempo antes. Esa primera vez se habría utilizado una droga par someter a la víctima, una droga extraída de una planta denominada escopolamina, comúnmente burundanga, extraída de una planta denominada extramonio. Entre sus efectos esta la reducción de la voluntad de la persona y, mientras dura su efecto, borra la memoria.

En España se han cometido desde 2016 un total de 134 agresiones sexuales en grupo, en un listado que no ha dejado de crecer. Por otro lado, en España, no suelen publicarse la nacionalidad de los autores de hecho.

Solo se han podido encontrar datos sobre agresiones sexuales grupales pertenecientes a 2019, en solo siete meses se han cometido 46 casos de este tipo, de los cuales solo se tiene información que hayan sido cometidas por ciudadanos procedentes de países cuya religión es el Islam ascienden a 16, tengamos en cuenta que no se ha encontrado datos de nacionalidad del 37% de los casos.

Del cuadro anterior, que refleja los datos correspondientes a solo los 7 meses primeros de 2019, podemos comprobar que algo menos del 2% de la población que corresponde a la población procedente del Magreb comete el 32,6% de los delitos sexuales cometidos en grupo.

Esta cantidad tan abultada de casos para tan breve espacio de tiempo, nos indica que este tipo de sucesos provocan un efecto imitación de los mismos, en el caso español este efecto puede verse amplificado por otros factores como la sensación de impunidad que se ha instalado en la sociedad española de que este tipo de hechos no esta castigado. 

En España se dio la circunstancia que tras el juicio y primera condena a nueve años de prisión a los autores de esta primera agresión en grupo se produjeron una serie de manifestaciones mas o menos espontáneas o, manos o menos dirigidas por grupos de presión que solicitaban más pena para los autores.

Pese a que tal petición pudiese ser legitima, se instalo en el subconsciente de la sociedad la sensación de que dichos hechos no estaban castigados, esta sensación se veía aumentada al ver a los autores de hechos tan graves en libertad bajo fianza y en alguno de los casos realizando pequeños hurtos.

Este cúmulo de circunstancias aumentó, sin lugar a duda, esa sensación de impunidad que facilitó, en cierta medida, el aumento de los casos por el efecto imitación anteriormente mencionado.

Sin duda este efecto imitación tiene que ser objeto de otro estudio ya que este tipo de hechos cometidos en el seno de sociedades occidentales como es el caso de ciudadanos europeos se hayan unido a la práctica de este tipo de agresiones, teniendo en cuenta que los valores educacionales europeos, con carácter general, se alejan mucho de actos tan execrables como la agresión sexual, no solo la realizada de forma individual sino también la realizada en grupo, y que aumenta considerablemente el grado de victimización de quien lo sufre.

Este puede ser también uno de los motivos de que jóvenes procedentes de Hispanoamérica, zona en la cual tradicionalmente existe una cultura de posesión con la mujer, caso este que ha de estudiarse también en otra ocasión ya que en el caso de la inmigración hispanoamericana el factor educacional si es un motivo claro de su actuación. 

Sin embargo, el objeto del presente articulo ha sido analizar y dar a conocer un tipo delictivo como son las agresiones sexuales realizadas en grupo cuando las motivaciones no son sexuales, o al menos tienen unas connotaciones ideológicas que dejan en un segundo plano la motivación sexual.

A fin de explicar estas connotaciones ideológicas hay que reconocer el cristianismo como fuente filosófica y de comportamiento. Recordemos que la llamada sociedad occidental se basa en la evolución de esta religión, tal y como lo expresaba el proyecto de Constitución de la Unión Europea al recoger herencia cristiana al ser uno de los elementos básicos de la identidad europea, aunque el texto final no lo contemplaba. 

Llegados a este punto podemos afirmar que la doctrina cristiana ha unificado sus criterios siguiendo los dictados de sus dogmas de forma vertical, es decir los criterios a seguir de los fieles y de quienes deben explicar la doctrina se establecen de forma piramidal sin que puedan existir disfunciones de criterio.

En contrapartida el Islam es una religión cuyos dogmas se encuentran en el Corán pero, al contrario de lo que pasa en el cristianismo, cada Imán puede explicar el libro sagrado como él lo entiende dando lugar a muy diferentes formas de explicar, entender y vivir el Islam.

Por ejemplo, hay que recordar que los países árabes, aunque firmaron la Carta de Derechos Humanos de Naciones Unidas, posteriormente durante la Declaración de el Cairo de 1990, se confeccionó la Declaración de los Derechos Humanos en el Islam que proporciona una visión de estos Derechos desde la perspectiva musulmana para que los mismos sean acordes a los principios del Corán.

Entre otras, una de las diferentes corrientes del Islam, es la llamada “salafismo” una corriente que surgió a mediados del siglo XIX dentro del Islam suní que propugna la vuelta a los valores originarios de la religión haciendo una lectura literal del Corán, su fin principal es islamizar las sociedades y establecer un Estado Islámico. Parte de los seguidores de esta corriente han derivado sus conductas a la creación de organizaciones con Al Qaeda, Al Takfir wal al-Hijrah e incluso Estado Islámico.

Esta pequeña explicación, aunque demasiado simplista, nos sirve para centrar el foco en la justificación que realizan imanes, jeques y doctores del Islam de las agresiones sexuales en grupo.

El Corán exige el respeto del buen musulmán a la mujer musulmana, pero no expresa nada sobre el resto, lo que una lectura muy literal del Corán excluye a aquellas mujeres que son infieles de ese respeto. De este modo el predicador musulmán fundamentalista libanes-australiano Sheik Faiz Mohammed en el transcurso de una conferencia en Sydney tras las agresiones realizadas en Australia antes mencionadas explicó que las víctimas no podían echar la culpa a nadie de la violación si no a ellas mismas, afirmando que las mujeres que llevasen poca ropa invitaban a los hombres a violarlas.

El imán Ali Hammuda dio un sermón a un buen número de jóvenes y adolescentes en la mezquita de Al-Manar, en la que también se han radicalizado varios jóvenes que acudieron a combatir bajo la bandera de Estado Islámico, en el que dijo que el Corán permite tener esclavas sexuales.

Otro Imán, Shahid Mehdi, el cual había sido arrestado en Malmö por abusos sexuales, declaró en Dinamarca que las mujeres no musulmanas tienen la culpa de ser violadas ya que no iban tapadas como manda el Islam y que a quien se debe castigar no es a los hombres sino a las mujeres por ello. Tambien llegó a decir en septiembre del 2004, el programa de la televisión danesa “Talk to Gode” que las mujeres que salen a la calle sin el velo “piden ser violadas”.

El ulema egipcio Yusaf al-Qaradawi considerado una de las personas más influyentes del mundo islámico y uno de los lideres de los hermanos musulmanes declaró en el año 2004 al periódico London Telegraph, cuando le preguntaron a raíz de los casos que ya se estaban produciendo en diversos países de agresiones sexuales de forma grupal de musulmanes contra mujeres no-musulmanas, que “Las mujeres deberían ser castigadas si estaban vestidas inmodestamente cuando fueron violadas”. Y continuó añadiendo “Para que ella sea absuelta de culpa, una mujer violada debe haber demostrado buena conducta”.

Las personalidades del mundo musulmán que alientan este tipo de comportamientos no son simples predicadores, sino que son doctores de la religión como el jeque Taj al-Din al-Hilali el cual declaró también que, si una mujer es violada, generalmente la culpa es suya, o el miembro del Consejo Musulmán de Gran Bretaña, Abduljalil Sajid, quien afirmó que «las mujeres liberadas como prostitutas» impulsan la inmoralidad en el hombre.

Sheik Taj el-Din al Hilaly

Con altas personalidades del mundo del mundo religioso que no solo justifican, sino que alientan este tipo de hechos, bajo la afirmación de que la violación de las mujeres no musulmanas, no solo no debe de ser castigado, sino que es una obligación que dimana del Corán no es de extrañar que jóvenes musulmanes y personas que leen el Corán de una forma rigorista y literal sigan sus enseñanzas y violen a mujeres a fin de castigarlas por no ser musulmanas y por faltar al decoro que proclama el libro sagrado del Islam.

Quienes tienen la obligación de desarrollar la política criminal de toda la Unión Europea y de otros lugares del mundo no pueden seguir con los ojos cerrados y han de escuchar todos los análisis del problema para dar una solución lo más acertada posible ya que, pese a la cantidad de casos que han sucedido hasta la fecha, no han hecho mas que asomar la punta del iceberg. La doctrina pregonada por algunos ilustres doctores de la religión islámica, tienen cada vez más adeptos y suponen un peligro que sin duda, irá a mas en el futuro.

Estamos hablando que un grupo poblacional, que con un incentivo ideológico, utiliza la violación como arma para aterrorizar a otro grupo poblacional, en este caso a las mujeres al objeto de que este grupo se someta y actúen coaccionadas de acuerdo con los dictados de quienes realizan estas practicas.

Hay que tener en cuenta que cuando estas agresiones, cometidas contra la integridad física, moral y sexual de las mujeres se comete de una forma no motivada específicamente por ese componente sexual, sino que la motivación es debida a la religión o credo de las victimas, e incluso por su forma de vestir, en este caso debido a su no pertenencia a la comunidad musulmana, nos encontramos ante un delito de odio hacia aquellas mujeres que no son musulmanas.

Este tipo de delitos es plausible también tratarlos como un delito de terrorismo ya que lo que buscan es causar terror en una gran parte de la población.