Sentencia, No es delito amenazar a la mujer en determinadas circunstancias…

Sentencia 124/2011 Audiencia Provincial de Murcia
Sentencia 124/2011 Audiencia Provincial de Murcia

Hoy publicamos una nueva sentencia en este caso es la Sentencia 124/2011 dictada por la Audiencia Provincial de Murcia que siguiendo el criterio que se esta tomando en ultimas fechas dice que no es delito de violencia de genero la amenaza vertida por el hombre contra la mujer cuando el objeto de esta amenaza no es la subyugación de la mujer.

Dicha Sentencia al igual que la Sentencia 1177/2009 del Tribunal Supremo toman como base que dichas amenazas no son producto de una situación de violencia discriminatoria machista.

En este caso la Audiencia Provincial de Murcia dice que amenazar de muerte a la esposa por pedir el divorcio no es violencia de genero y por lo tanto es una falta de amenazas y no un delito.

La Sentencia anula la condena de tres meses de carcel impuesta por un Juzgado de lo Penal de Murcia y la sustituye por otra de diez dias de multa, con una cuota diaria de dos euros, por una falta de amenazas.

La Sala indica que, aunque se reconoció como hecho probado que el acusado «se dirigió a su mujer diciéndole que la iba a matar, no aparece por ningún lado el necesario elemento machista de intento de dominación o subyugación por parte del hombre hacia la mujer».

Añade la Sala que «no puede mantenerse la condena por el delito de amenazas leves en el ambito familiar, y debe reconducirse la calificación juridica a la de mera falta de amenazas».

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